A continuación, indicaremos los cambios en las retenciones sobre los rendimientos más comunes que tienen relación con un pequeño empresario o profesional:.
1.- Rendimiento de actividades profesionales. Desde el 12/7/2015 las retenciones sobre de rendimientos de actividades profesionales se reducen del 19% al 15%. La factura debe hacerse con una retención del 15% a partir del 12/7/2015.
Nota) En el caso de inicio de actividad, a partir del 12/7/2015 puede retenerse solo el 7% durante los tres primeros años de actividad (hasta el 11/7/2015 era el 9%).
3.- Rendimientos del capital mobiliario, premios en metálico, y rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas y del subarriendo sobre los bienes anteriores desde el 12/7/2015 se redujo del 20 al 19,5%. Desde el 1/1/2016 se reduce nuevamente al 19%.
4.- Rendimiento de los arrendamientos de locales desde el 1/9/2015 la retención de los arrendamientos de locales pasó a ser del 19,50% (hasta el 31/8/2015 era del 20%). Desde el 1/1/2016 se reduce nuevamente al 19%.